En abril de este año, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) emitió un dictamen interpretativo clave para el mercado inmobiliario: las fechas de entrega informadas por inmobiliarias a través de medios como correos electrónicos, WhatsApp, publicidad o sitios web —cuando esas comunicaciones se emiten antes de la firma del contrato de promesa de compraventa— pueden tener valor contractual y generar obligaciones legales para la empresa.
Esto significa que, si una inmobiliaria informa una fecha estimada de entrega de una vivienda antes de firmar la promesa, esa información se considera parte de la oferta comercial y debe ser respetada, aun cuando no esté explícitamente incorporada en el contrato. Esta interpretación refuerza los derechos de los consumidores y busca eliminar la incertidumbre que muchas personas enfrentan al comprar viviendas en blanco o en verde, donde la espera por la entrega puede extenderse por largos meses o años.
En este orden de ideas, cualquier incumplimiento de las fechas comprometidas podría dar lugar a fiscalización por parte del SERNAC y a sanciones, según las circunstancias del caso.
En CFL Inmobiliaria, acogemos esta interpretación con responsabilidad. Nuestros proyectos contemplan plazos definidos, planificación rigurosa de obras y canales de comunicación fluidos con los compradores. Este estándar de transparencia ha sido siempre parte de nuestro compromiso, y el dictamen del SERNAC viene a validar una práctica que hemos defendido desde el inicio.
Para quienes están evaluando una compra, esta medida representa un avance hacia una experiencia más segura y predecible. Y para nosotros, es una oportunidad para seguir fortaleciendo una relación basada en la confianza, la seriedad y el respeto por quienes nos eligen.